El Senado, en su infinita sabiduría, decide remodelar el amparo
Parece que en las altas esferas del Senado de la República han decidido que el amparo, ese viejo y querido recurso que nos protege de los abusos del poder, necesitaba un “lavado de cara”. Y qué mejor manera de hacerlo que con una dosis generosa de confusión legislativa y promesas de “mejora”. Las comisiones unidas de Hacienda, Estudios Legislativos y Justicia, en un acto de harmonía casi conmovedora (si ignoramos los 12 votos en contra), aprobaron el dictamen de la reforma presidencial en materia de amparo. Porque, claro, cuando piensas en proteger derechos, lo primero que viene a la mente son las comisiones de Hacienda. ¿Será que ahora protegeremos nuestros derechos con una buena estrategia fiscal?
El cambio estrella, el que según sus promotores nos hará vivir en un país de justicia y equidad, es la precisión del concepto de interés legítimo. Resulta que antes estábamos todos un poco perdidos, pensando que para que te afectara una ley tenías que ser afectado de manera directa, actual y personal. ¡Qué anticuados! Ahora, nuestros iluminados legisladores han decidido que la lesión jurídica puede ser individual o colectiva, y que no necesita ser “actual” ni el beneficio “directo”. Básicamente, han convertido el amparo en una especie de lotería jurídica donde, quizás, si perteneces a un grupo afectado, puedas tener un chance. ¡Generosidad en estado puro!
Las perlas de la sabiduría legislativa y una oposición que no se muerde la lengua
El senador Javier Corral, con la solemnidad de quien anuncia el descubrimiento de la penicilina, expuso que un cambio crucial fue modificar el artículo 5to de la iniciativa. “Varias voces expertas advirtieron”, dijo, como si fuera una revelación divina, que la redacción original parecía individualizar la lesión. ¡Vaya hallazgo! Parece que necesitaron que expertos les dijeran que un problema puede afectar a más de una persona a la vez. Para colmo, eliminaron el requisito de que el beneficio de la sentencia sea directo. Ahora, el beneficio puede derivar de la pertenencia a un colectivo. O sea, podrías obtener un beneficio sin saber muy bien por qué. ¿No es maravilloso? Es como cuando compras un boleto de lotería por error y ganas, pero en versión burocrática.
Pero no todo es alegría y glitter en este circo legislativo. Mientras los proponentes se felicitan por su obra maestra, la senadora por Movimiento Ciudadano, Alejandra Barrales, soltó la bomba y le dio nombre a la criatura: la llamó, con toda la elegancia de quien ve un tren descarrilarse, la “nueva ley de desamparo“. Sí, leyó bien. Según Barrales, esta reforma no busca proteger al ciudadano, sino alejarlo de la defensa y protección que implicaba la figura del amparo. En otras palabras, es como si un fabricante de paraguas sacara un nuevo modelo que se desarma con la primera gota de lluvia. ¿La finalidad? “Reducir los mecanismos de defensa ciudadana ante los abusos de autoridad”, mientras se fortalece el “actuar abusivo y arbitrario” de las autoridades. Vamos, un plan perfecto… si tu objetivo es el caos.
Y por si alguien pensaba que esto era solo un debate teórico, el dictamen también se metió de lleno en el bolsillo de los contribuyentes. En el ámbito fiscal, se definieron con “mayor claridad” los medios de garantía para la suspensión en juicios de amparo contra actos de cobro de créditos fiscales firmes. Traducción: si quieres pelear contra Hacienda, prepárate para sudar la gota gorda. Ahora, la garantía solo podrá constituirse mediante un billete de depósito emitido por una institución autorizada o una carta de crédito de instituciones registradas ante el SAT. Porque, obviamente, lo que necesita el ciudadano común para defenderse de un crédito fiscal cuestionable es tener acceso a instrumentos financieros sofisticados. ¿No tienes un banco personal que te emita una carta de crédito? Qué pena, tu defensa jurídica acaba de esfumarse.
En un giro que nadie vio venir (sarcasmo a tope), también se modificó la iniciativa para recobrar los términos originales de la ley vigente en materia de cumplimiento de sentencias. O sea, dieron una vuelta en círculo para llegar casi al mismo punto. Eso sí, con la noble intención de “sancionar a los servidores públicos que incumplan las resoluciones“. Qué novedad, ¿verdad? Como si antes fuera opcional cumplir la ley. Es reconfortante saber que necesitamos una reforma para recordarles a los funcionarios que las sentencias judiciales no son sugerencias.
En resumen, lo que tenemos aquí es un festín legislativo donde se vende como un avance lo que muchos ven como un retroceso. Se amplían conceptos por un lado, pero se ponen trabas financieras por otro. Se habla de proteger colectivos, pero se critica que se debilite la defensa individual. Es el eterno baile de la política: dos pasos adelante, tres hacia un lado y un salto mortal hacia el vacío legal. Mientras tanto, el ciudadano de a pie se queda mirando, tratando de descifrar si esto lo protege más o lo deja completamente desamparado. La respuesta, como todo en este país, probablemente dependa de a qué colectivo pertenezcas y de si tu banco es amigo del SAT.
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