La llegada de la CURP Biométrica ha generado dudas. En redes sociales circulan versiones que aseguran que quienes no la tramiten recibirán un castigo económico. La legislación vigente dice otra cosa.
¿Qué establece la ley?
De acuerdo con las reformas a la Ley General de Población publicadas en el DOF en 2025, no existe multa ni sanción para quien no cuente con la CURP Biométrica. Los rumores sobre supuestas penalizaciones carecen de sustento legal.
La nueva versión de la Clave Única de Registro de Población incorpora fotografía y huellas dactilares. Forma parte de la Plataforma Única de Identidad del gobierno mexicano para fortalecer la verificación de identidad.
Relevancia gradual
Aunque no hay multas, el documento será clave en varios trámites. Con el tiempo, se solicitará para programas sociales, servicios financieros, trámites educativos y expedición de documentos oficiales. Estará disponible en formato físico y digital.
Cómo obtenerla
El proceso requiere una cita previa a través del sistema del Registro Nacional de Población (Renapo). Debes seleccionar módulo, elegir fecha y horario, ingresar la CURP tradicional, proporcionar nombre completo y registrar un correo electrónico. Al confirmar la cita, guarda el comprobante para presentarlo el día de la atención presencial.
Las autoridades recomiendan acudir con toda la documentación requerida. El horario de atención concluye a las 14:15 horas.




