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Un día como hoy, pero de 1825 se promulgó la primera Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, que es el marco político y legal para la organización y relación del gobierno del estado de Tabasco, los ciudadanos, y todas las personas que viven o visitan el estado.
De acuerdo al Diccionario Enciclopédico de Tabasco, editado por el Instituto de Cultura de Tabasco en 1994, el 03 de mayo de 1824 se instaló el primer Congreso del estado libre, independiente y soberano de Tabasco, y poco después se erigió en Congreso Constituyente, para finalmente sancionar el 05 de febrero de 1825 la primera Constitución Política del Estado de Tabasco, misma que fue promulgada el 26 de febrero de ese mismo año por el vicegobernador encargado del Poder Ejecutivo del estado, Pedro Pérez Medina.
La bibliografía suscribe que la Constitución de 1825 constaba de once capítulos y 224 artículos, además, una característica que vale la pena resaltar es que comienza con la frase: ‘En nombre de Dios Todopoderoso Creador y Conservador de la Sociedad, el Congreso Constituyente del estado Libre, Independiente y Soberano de Tabasco, deseoso de cumplir la voluntad de sus comitentes y llenar el fin de su instituto, proporcionándole su felicidad decreta para su gobierno interior la presente Constitución’.
Esto muestra claramente el sentido de quienes crearon estos puntos, un sentido altamente religioso, pero además argumenta que el fin es que proporcione equilibrio al interior de la entidad y buscar cierta autonomía.
Los puntos que aborda esta primera Carta Magna son religión, derechos y obligaciones, juntas electorales, del Poder Legislativo, del Poder Ejecutivo, Poder Judicial, gobierno interior de Tabasco, Milicia del estado y Hacienda Pública.
Dentro de los artículos destacados se encuentran lo referente a la libertad e independencia del estado en relación con las demás entidades de la federación y países; el establecimiento de leyes para conservar la seguridad y propiedad interna, y las obligaciones del estado en vigilar la propiedad, igualdad, libertad y seguridad de los ciudadanos. En el capítulo tercero prohíbe la introducción de esclavos en el territorio y decreta libres a los hijos que nacieren de los que actualmente habitan en él, pero no instituye la abolición de la esclavitud. Admitía solo el ejercicio de la religión católica, y decreta que el estado tendrá un gobierno: representativo, popular, republicano y federal, estableciendo la división de poderes en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, especificando que no pueden concentrarse en una persona dos o más de estos poderes.
Interesante es ver que la Constitución negaba los derechos a quienes se naturalizaran extranjeros, a los que se establecían fuera del estado sin licencia, a los sentenciados, y a quienes vendieran o compraran su voto en las juntas electorales y por quiebra fraudulenta calificada.
En lo relativo al Poder Legislativo, esta Constitución señalaba que debería de estar formado por un representante de cada uno de los partidos que componían el territorio, es decir 9 diputados, y dentro de los requisitos para ser diputado mencionaba tener 25 años y ser oriundo de la entidad, con residencia en ella de cinco años.
A lo largo de su historia, el estado de Tabasco ha tenido un total de ocho Constituciones, la primera fue redactada por el Congreso Constituyente el 5 de febrero de 1825, siendo Tabasco el cuarto estado del país en contar con una Constitución local, solo después de las existentes en los estados de Jalisco, Oaxaca y Zacatecas.
De las ocho Constituciones, solo las de 1825, 1857 y 1919 han sido realizadas por un Congreso Constituyente, por lo que las de 1831, 1850, 1883, 1890 y 1914 son consideradas en algunos textos como ´reformas´ a la Constitución anterior.
‘En nombre de Dios Todopoderoso Creador y Conservador de la Sociedad, el Congreso Constituyente del estado Libre, Independiente y Soberano de Tabasco, deseoso de cumplir la voluntad de sus comitentes y llenar el fin de su instituto, proporcionándole su felicidad decreta para su gobierno interior la presente Constitución’