| Redacción | “Pura rata coluda”, acusó este viernes Dagoberto Rodríguez Blasnich, representante de los trabajadores de Palacio Municipal, al dar lectura a la resolución del Comité de Vigilancia del SUTSET que declara improcedente la petición de que la sección 01 realizara una Asamblea Extraordinaria para aclarar lo de “las plazas robadas”.
“Perro no come perro”, respondió otro de los sindicalizados.
De la respuesta del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Estado de Tabasco (SUTSET), el representante Rodríguez Blasnich, dijo a Reporte Maya que “no tomó en cuenta a la base trabajadora”, y que los trabajadores definirán las acciones a seguir.
En este conflicto que lleva más de dos meses, el jueves fueron asignadas las primeras 20 de las plazas que “habían sido robadas” por el comité directivo -cuya presidenta es Gabriela González Jiménez, pero quien manda es el secretario del Interior, David Morales Romero, aseguran- y el secretario del Ayuntamiento, Antonio Alejo Hernández.
Sin embargo, los representantes de las diferentes áreas del Ayuntamiento de Centro, tienen la duda de si las plazas adscritas son las robadas o son de nueva creación, porque hasta el momento la notificación no lleva el número correspondiente,
Después del también airado reclamo, del jueves, de agremiados del Ayuntamiento de Centro por la realización de una asamblea extraordinaria, el dirigente del SUTSET, René Ovando Olán, respondió este viernes, a las 10 de la mañana, con la resolución del Consejo de Vigilancia que declara improcedente a las peticiones de 27 de julio, 4 de agosto y 11 de agosto.
“Esta Comisión de Vigilancia del Comité Ejecutivo Estatal determina declarar improcedente las solicitudes de convocar a una asamblea general extraordinaria”, resolvieron el presidente, Marcos Alejandro Hernández; el primer secretario, Wilmer Ruiz Chacón y la segunda secretaria, María Fuentes Salas.
Ovando Olán remitió el documento a los compañeros Miguel Ángel Contreras Ávalos, Sara Hernández Madrigal, Dagoberto Rodríguez Blasnich, Samuel izquierdo, Torres Raúl Rodríguez, Méndez René Rodríguez Suárez, Sergio Guzmán Pérez, Isabel de la Rosa Osorio, Leonardo García Reyes, Tilo Jiménez López, Raúl Soberano Gómez, Reyes Pérez Carrasco, Esmeralda Sánchez Rodríguez,
Además, lo envió a Walter Marín Javier, Francisca Vidal Rodríguez, Isidro Hernández Vázquez, Natividad Chan Álvarez, Pedro Luis Severino Pérez, José Cupil Zapata, Moisés López Martínez, Cornelio Méndez Rodríguez, Moisés García Valencia, Alfredo Quevedo Cahero y David Francisco Jiménez Jiménez.
Ovando Olán les hace notar que esa resolución se “pronuncia en estricto apego a nuestro ordenamiento estatutario y bajo los principios de imparcialidad transparencia y legalidad para con todas las partes evitando de esa manera cualquier exceso arbitrariedad”.
Les manifiesta que siempre les ha mostrado su apertura y disposición a esa sección 01, que les ha brindado atención y un diálogo franco abierto y productivo que produzca entendimiento.
“Siempre en el mejor de los ánimos de mantener la unidad y la armonía de la familia, orgullosamente SUTSET que garantice la estabilidad de la organización a la que todos tenemos la responsabilidad de contribuir”, les aseguró.
Amago
En su resolución a los escritos de fecha 27 de julio. 4 de agosto y 11 de agosto, la Comisión de Vigilancia asegura que están estrechamente vinculados en lo medular, a los “señalamientos de violación a nuestros ordenamientos estatutarios cometidos presuntamente por integrantes del comité ejecutivo seccional 01 en agravio de la referida sección sindical de este sindicato correspondiente al municipio de Centro”.
Precisa que el señalamiento de tráfico de plazas es de extrema delicadeza, tomando en cuenta que por definición debe entenderse “por comerciar negociar con el dinero y las mercancías hacer negocios no ilícitos”.
“En ese sentido cometer presuntos actos ilícitos en el tema que se estudia rebasan la competencia de esta comisión de vigilancia inclusive de este comité ejecutivo, pues es deber de todo aquel que se considera agraviado por alguna situación de similar naturaleza jurídica en acudir a las instancias legales competentes”, indica.
Les recomienda que para hacer valer sus derechos tienen que acudir a los procesos y mecanismos de solución de conflictos como la conciliación, mediación, y demás relacionados a la impartición de Justicia las cuales determinarán conforme al marco legal lo que proceda.
Aclara que “es menester resaltar que la asamblea extraordinaria debe atender asuntos de carácter general y bajo ninguna circunstancia puede asumir el carácter de autoridad jurisdiccional como el de conocer o perseguir la posible comisión de ilícitos lo que está reservado constitucionalmente a las instancias de procuración e impartición de justicia”.
También descarta la validez del escrito porque no fue suscrito por los mismos ya que las firmas se adjuntaron las firmas como un anexo, no como firmantes de la petición.
“Se trata de un listado de nombres firmas y números de empleados sin embargo no se adjuntaron copias de las identificaciones oficiales con fotografía y copia de sus sobres de pago para estar en posibilidad de verificar la identidad de los firmantes y de que efectivamente las firmas corresponden a los nombres que se les atribuye”, comunicaron.
Advierte que a quién corresponde conocer, en primer término, de cualquier queja es a la comisión de vigilancia seccional por lo que en este momento es inoportuno dar trámite a la queja por los órganos de este comité ejecutivo Estatal.
Información de Samuel L. Soto Giles.
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