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Tabasco

Sala Regional confirma triunfo de Chepe Olán en Jalpa de Méndez

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#Tabasco •

La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación validó ayer la sentencia del Tribunal Electoral de Tabasco (TET), que acreditó el triunfo de José del Carmen Olán como presidente municipal electo de Jalpa de Méndez, del partido Morena.

Por unanimidad, la Sala Regional resolvió el juicio de revisión 126 promovido por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), donde confirmó la nulidad de las Casillas 827 Contigua 1 y 829 Contigua 4, que a su vez modificó los resultados del cómputo municipal y revocó la constancia de mayoría y validez que originalmente había sido expedida al perredista Isidro López Velázquez.

Para los magistrados de esa jurisdicción electoral, no le asiste la razón al PRD, por lo que se confirma el triunfo de José del Carmen Olán.

El magistrado ponente, Enrique Figueroa Ávila, afirmó que en el caso de la casilla 829-C4, contrario a lo dicho por el partido amarillo, Morena sí identificó en su demanda que una persona que fungió como tercera escrutadora no pertenecía a la sección correspondiente, por lo que se procedió a declarar la nulidad de la casilla por indebida integración.

Con respecto a la anulación de la casilla 827-C1 por una discrepancia de 93 votos entre el registrado en el acta de escrutinio y cómputo y la de recuento, dijo que el PRD controvirtió tal decisión de manera genérica, sin combatir las consideraciones que la sustentaron.

Asimismo, la magistrada presidenta de la Sala Xalapa, Eva Barrientos, puntualizó que al no haber certeza de dónde quedaron esos 93 votos se tiene que confirmar la anulación de la casilla 827-C1.

En una resolución definitiva e inatacable, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que Javier May Rodríguez no cometió violencia política en razón de género contra Minés de la Fuente Dagdug.

Este resolutivo del máximo tribunal electoral del país fue aprobado por unanimidad y el expediente quedó como asunto concluido, por lo que la excandidata a la gubernatura por Movimiento Cuidadano no puede acudir a ninguna otra instancia.

Los magistrados federales ratificaron el resolutivo del Tribunal Electoral de Tabasco (TET) y del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), en el sentido de que May no emitió expresiones discriminatorias de género en el segundo debate a la gubernatura.

Al discutir ayer el expediente SUP-JDC-937/2024, la Sala Superior también advirtió que la impugnación de Minés de la Fuente es “inoperante” y debe “desestimarse”, porque no cuestiona de manera frontal y directa las consideraciones que antes ya había tomado el TET y el IEPCT.

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