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Padres de familia denuncian abusos en cobro de cuotas escolares; hasta 500 pesos por alumno están cobrando en la escuela Secundaria Técnica 11.
Piden atención con directivos de la escuela, pero hasta el momento no han sido atendidos, por lo que hacen el llamado a la Secretaría de Educación de Tabasco (Setab) para que intervenga en el asunto, ya que es una escuela pública y consideran que es alta la cuota solicitada.
El artículo 6 de la Ley General de Educación prohíbe el pago de cuotas escolares, por lo tanto, las instituciones que lo exigen actúan ilegalmente. Conoce más sobre este tema.
Actualmente la inflación afecta severamente el bolsillo de los padres de familia que, de cara al inicio del ciclo escolar 2023-2024, preparan a sus hijos para el regreso a clases. Sin embargo, no es su única preocupación ya que muchos de ellos también tienen que pagar cuotas escolares.
Este gasto divide opiniones entre los padres de familia, maestros y autoridades. Por eso, la Secretaría de Educación Pública (SEP) aclara la situación que rodea el tema.
Mediante un comunicado que emitió recientemente, la SEP recalcó que bajo ninguna circunstancia, los docentes y directivos de un plantel deben de condicionar la inscripción. Esto incluye el acceso a la escuela, la evaluación o exámenes. Tampoco se puede exigir un pago para entregar cualquier tipo de documentos a los estudiantes.
“En ningún caso, el cobro de colegiaturas o cualquier otra contraprestación establecida por instituciones educativas particulares; o cuotas en escuelas públicas, debe atentar contra la dignidad y los derechos de los educandos”.
Secretaría de Educación Pública
Además, la Secretaría también señaló que la falta de uniforme o materiales por parte del alumno, tampoco es razón para privarle de la educación.
La compra de uniformes, materiales educativos o cualquier otro elemento para el desarrollo de actividades escolares y extraescolares, no podrá condicionar la prestación y continuidad de los servicios educativos a niñas, niños y adolescentes en planteles públicos y particulares de Educación Básica y Media Superior.
La ley protege a los padres ante el pago de cuotas escolares
De acuerdo con el Artículo 6° de la Ley General de Educación, se establece que cualquier donación o cuota voluntaria dirigida a la educación proporcionada por el Estado no se considerará como una contraprestación por el servicio educativo.