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Nuevo León

Exhorta Secretaria de Medio Ambiente a sectores a aplicar acciones del Programa de Respuesta a Contingencias ante Alerta atmosférica en ZMM

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#NuevoLeón •

Las fuentes de área, móviles y fijas deben minimizar sus emisiones en procesos y actividades.

El Gobierno del Estado de Nuevo León, para proteger la salud de la población, emite a través de la Secretaría de Medio Ambiente la fase de ALERTA del Programa de Respuesta a Contingencias Atmosféricas, por altas concentraciones de partículas menores a 10 micrómetros (PM10) en la Zona Metropolitana de Monterrey.

Las emisiones generadas por parte de la Refinería de PEMEX en Cadereyta, aunadas a las condiciones meteorológicas adversas prevalecientes, en las que predomina la estabilidad atmosférica y baja altura de la capa de mezcla, han dado lugar a la acumulación de los contaminantes, principalmente PM10, propiciando condiciones de calidad del aire Extremadamente Mala en Cadereyta y Santa Catarina, y Muy Mala calidad del aire en Juárez, Apodaca, San Nicolás y Escobedo alcanzando nivel de Alerta, con base en los lineamientos establecidos en el Programa de Respuesta a Contingencias y el Índice Aire y Salud.

Por lo anterior se DEBEN llevar a cabo las siguientes acciones establecidas en el Programa de Respuesta a Contingencias para evitar emisiones de partículas contaminantes y riesgos a la población:

FUENTES FIJAS (INDUSTRIA)

Empresas de competencia federal

Las acciones DEBEN ser vigiladas por las autoridades federales competentes.

Empresas de competencia municipal

• Reducir las actividades a la intemperie, mantenimientos, pintura y soldadura, u otras que generen el contaminante por el que se decretó la Alerta.

• Limpiar y mantener humectadas las áreas de trabajo en las que se realicen obras de mantenimiento urbano, especialmente de pavimentación.

Establecimientos de elaboración de alimentos.

Las acciones DEBEN ser vigiladas por las autoridades municipales competentes.

Empresas de competencia estatal

• Realizar acciones adicionales para minimizar la emisión de partículas en patios, cubriendo o humectando los materiales almacenados a granel; reduciendo las actividades a la intemperie, mantenimientos, pintura y soldadura, u otras que generen el contaminante por el que se decretó la Alerta.

• Mantener limpias las áreas pavimentadas y realizan riego de las superficies que carecen de algún tipo de tratamiento superficial.

• Mantener en operación óptima los sistemas anticontaminantes de sus equipos generadores de emisiones,

• Extremar las medidas de humectación en patios, caminos y toda superficie que carezca de un tratamiento superficial, y minimizan el tránsito de vehículos en vialidades que no estén pavimentadas.

• En el caso de empresas extractoras de materiales no reservados a la federación, garantizar la humectación en sus patios, y asegurar que los materiales almacenados se encuentren en áreas cerradas, cuenten con algún tipo de cubierta o estén suficientemente humectados para evitar resuspensión de partículas.

La Procuraduría Estatal realizará la revisión del cumplimiento de las acciones mencionadas.

FUENTES DE ÁREA

Construcciones

• Deben mantener suficientemente humectadas todas las superficies que no cuentan con cobertura vegetal, para minimizar la generación de emisiones, y tomar las medidas necesarias para evitar resuspensión de partículas del material almacenado a granel y durante el tránsito de vehículos.

• Para la actividad de transporte de materiales de construcción, deben mantener el material humectado y las cajas deberán estar selladas utilizando lonas que eviten la dispersión de materiales.

Manejo de residuos sólidos urbanos y/o de manejo especial

• Asegurar que no haya quema de combustibles o cualquier material a cielo abierto, incluso para el entrenamiento de brigadas contra incendio.

• Se prohíbe la quema de basura bajo cualquier circunstancia.

DEBE minimizarse la emisión de partículas en vialidades y caminos internos y externos de los sitios de manejo de residuos.

Estas acciones deberán ser vigiladas por autoridades estatales y/o municipales de acuerdo a sus competencias.

FUENTES MÓVILES (vehículos automotores)

Las Autoridades Federales, Estatales y Municipales deberán asegurar que no circulen vehículos ostensiblemente contaminantes de su competencia.

Asimismo, deberán asegurar que los vehículos carreteros y no carreteros usados en sus obras minimicen sus emisiones.

ESCUELAS Y PLANTELES EDUCATIVOS

POBLACIÓN EN GENERAL

La ALERTA se mantendrá mientras prevalezcan las condiciones de calidad del aire actuales. El Gobierno del Estado comunicará puntualmente cualquier cambio al respecto.

Para mayor información y seguimiento de la calidad del aire consultar la información oficial de la red de monitoreo SIMA, disponible en la página http://aire.nl.gob.mx/icars2020/map_calidad_icars.php, en la aplicación para dispositivos móviles AIREMTY y en las redes sociales de la Secretaría de Medio Ambiente.

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