Un análisis de la coyuntura presupuestaria para la reparación integral
El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) y el Centro de Análisis e Investigación Fundar han interpuesto un exhorto urgente dirigido a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). El objetivo central de esta acción es garantizar una asignación financiera mínima, específicamente destinada a la asistencia, atención y reparación integral de las víctimas en México. Según la argumentación de estas organizaciones de la sociedad civil, este derecho fundamental fue severamente vulnerado tras la modificación a la Ley General de Víctimas (LGV), sancionada en noviembre de 2020.
Antes de esta reforma legislativa, el marco jurídico estipulaba de manera explícita un monto presupuestario irreductible para la atención a víctimas. Esta partida equivalía exactamente al 0.014% del gasto programable dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación, constituyendo una garantía financiera concreta. La eliminación de este precepto ha generado un vacío de financiamiento crítico, con repercusiones directas en la operatividad de las instituciones responsables.
La discusión en el máximo tribunal y sus posibles efectos
La SCJN se encuentra ante una decisión de gran calado. El próximo 18 de noviembre, el pleno de ministros analizará un proyecto de declaratoria general de inconstitucionalidad, elaborado por el ministro Giovanni Figueroa Mejía. La resolución que emane de este debate jurisdiccional tiene la potencialidad de restituir el mecanismo de financiamiento fijo y etiquetado para la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV). Esta determinación no es meramente procedimental; representa una oportunidad histórica para reestablecer un pilar esencial en la protección efectiva de miles de personas afectadas por la violencia y las violaciones a derechos humanos en el país.
Las organizaciones peticionarias han subrayado que la reforma de 2020 eliminó una conquista fundamental del movimiento de víctimas, lo que ha impactado de manera directa y negativa la capacidad institucional del Estado mexicano para proveer asistencia, protección y reparación integral. Es crucial recordar que, en marzo de 2024, la Primera Sala de la propia SCJN sentó un precedente significativo. Al resolver por unanimidad el Amparo en Revisión 675/2022, el tribunal declaró que la eliminación de la garantía presupuestaria era de naturaleza regresiva e injustificada, sentando así una base jurídica sólida para la restitución de estos recursos.
El impacto cuantitativo y el contexto de crisis
De acuerdo con las investigaciones y el monitoreo presupuestario realizados por Fundar y el Centro Prodh, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) ha dejado de percibir un promedio estimado de 200 millones de pesos anuales desde la entrada en vigor de la reforma. Esta merma financiera ha limitado de forma severa y tangible la capacidad de respuesta del organismo, afectando directamente a víctimas de delitos graves y violaciones a derechos humanos que dependen de sus servicios.
Para el ejercicio fiscal 2026, el proyecto de presupuesto federal contempla una asignación de 692 millones de pesos para la CEAV. Sin embargo, si se aplicara el criterio del porcentaje mínimo obligatorio vigente antes de 2020, la asignación debería ascender, como mínimo, a 913 millones de pesos. Esta brecha financiera de más de 200 millones de pesos evidencia la dimensión del déficit y la desprotección generada.
La resolución que adopte la Corte será, por lo tanto, crucial para frenar la regresividad en los derechos de las víctimas. Este escenario se desarrolla en un contexto nacional caracterizado por una violencia creciente y un Sistema Nacional de Víctimas estructuralmente debilitado. La nueva composición de la SCJN tiene ante sí la responsabilidad de enviar un mensaje contundente, priorizando a las víctimas y asegurando la tutela plena de sus derechos humanos constitucionales. Como concluyeron las organizaciones, se trata de una prueba definitiva para el sistema de justicia mexicano.
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