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CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia estableció, por primera vez, que los ciudadanos pueden usar la red social Twitter para ejercer su derecho humano de petición a las autoridades.
Por unanimidad, la Primera Sala de la Corte amparó ayer a un residente de Guadalajara para que el Ayuntamiento le responda tres peticiones que envió vía Twitter, en uso del derecho previsto en el Artículo 8 de la Constitución.
La sentencia -que la Sala discutió en privado durante tres sesiones- indica que una red social es una forma de comunicación escrita válida para enviar mensajes a las autoridades, aunque sujeto a ciertas condiciones.
“Si una autoridad habilita una vía electrónica -una red social inclusive-, a partir de la cual es posible recibir y responder solicitudes de información, denuncias o cualquier tipo de planteamientos, en principio, debería impedirle atender aquellas peticiones que fueren de su conocimiento por dicha vía”, explica el fallo presentado por el Ministro Jorge Pardo Rebolledo.
Según la Corte, las autoridades no están obligadas a tener una cuenta en Twitter u otra red social, pero una vez que empiezan a utilizarlas les deben dar el mismo peso que a otras formas de interacción por escrito con los ciudadanos.
En el caso del Ayuntamiento de Guadalajara, se enfatiza que con frecuencia responde a peticiones ciudadanas que llegan por Twitter, ya sea mediante dicha red social o en privado a los solicitantes.
“En todo caso, si después de una tendencia de respuesta a peticiones a partir de una herramienta tecnológica, la autoridad ya no se desea o puede usar una plataforma para dichos fines, tal actuar regresivo, tendría que ser debidamente justificado desde una perspectiva Constitucional”, indica.
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