CIUDAD DE MÉXICO.-La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se pronunció por eliminar las figuras del arraigo y la prisión preventiva oficiosa de la Constitución mexicana.
El señalamiento de la Corte se dio al presentar sus conclusiones en el caso de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz, quienes permanecieron 17 años en prisión preventiva en México.
La legislación mexicana, indicó la comisionada Esmeralda Arosemena en la audiencia pública de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) realizada ayer en Brasilia, habilita a la autoridad judicial a proceder con la prisión preventiva de los imputados solo en razón de la gravedad del delito, sin considerar su carácter excepcional.
“Una figura de este tipo, que faculta la detención basada en la gravedad del delito y presunta responsabilidad de la persona es inconvencional, pues implica una detención arbitraria, contraria a la presunción de inocencia”, advirtió.
Llamó a la Corte a que, en su sentencia sobre el caso de García Rodríguez y Alpizar Ortiz, haga explícito que las restricciones constitucionales, como las que sustentan el arraigo y la prisión preventiva oficiosa, no pueden prevalecer sobre la Convención Americana de Derechos Humanos.
Al participar como perito en la audiencia, José Ramón Cossío, indicó que la prisión preventiva puede ser una medida razonable, pero no si se aplica de forma automática a partir de criterios ambiguos.
El ex Ministro de la Suprema Corte señaló que México vive una situación grave de violencia y afectación de los derechos humanos, pero eso no justifica el que se aplique prisión preventiva oficiosa a partir de criterios vagos.
“Esta medida tendría que sustentarse no en una condición automática, como está prevista actualmente en la Constitución”, apuntó.
Simón Hernández y David Peña, representantes de García Rodríguez y Alpizar Ortiz, solicitaron en la audiencia a la Corte Interamericana que incluya en su sentencia la anulación del proceso judicial contra ambos, la sanción a los funcionarios señalados como responsables de detención arbitraria y tortura, y la eliminación de la figura de la prisión preventiva oficiosa que los mantuvo encarcelados de 2002 a 2019.
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