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CIUDAD DE MÉXICO.- Con cinco años de retraso, el Ejecutivo publicó el miércoles el nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCF), con lo que inició un periodo de transición de cuatro años para concretar una reforma que busca transformar y agilizar mediante la oralidad los juicios civiles y familiares en México.
Los juicios regulados por los mil 191 artículos del CNPCF incluyen divorcios, alimentos, sucesiones, cuestiones del estado civil de las personas, adopción, jurisdicciones voluntarias, hipotecas, prendas, posesión y arrendamiento de inmuebles, arbitrajes, ejecución de laudos, declaraciones de ausencia y desaparición de personas y acciones colectivas.
Además de uniformar las reglas de estos juicios a nivel federal y para los 32 estados, el CNPCF crea la figura del concurso de personas físicas, es decir, un proceso de insolvencia distinto al que ya existe para las empresas, que podrán promover quienes ya no puedan pagar sus deudas, con la opción de intentar una conciliación antes de llegar al juicio.
La implementación del CNPCF tendrá que estar lista a más tardar el 1 de abril de 2027, por lo que dentro de dos meses deberá entrar en funciones una comisión encabezada por la Secretaría de Gobernación, con participación del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) y los 32 tribunales superiores de justicia estatales.
El Código es resultado de la reforma Constitucional de 2017 conocida como “justicia cotidiana”, que busca facilitar los procesos judiciales que más afectan al común de las personas, y que específicamente ordenó expedir legislación nacional única para juicios civiles y familiares.
Dicha normativa tenía que haber sido publicado a más tardar en marzo de 2018, pero —ante la inactividad del Congreso— fue hasta mayo de 2021 que la Suprema Corte concedió un amparo a la Barra Mexicana de Abogados (BMA) para ordenar el cumplimiento del mandato constitucional.
“Los poderes judiciales de la Federación y de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán las etapas y calendarios para llevar a cabo las acciones y medidas necesarias para la instrumentación del CNPCF de conformidad con las asignaciones presupuestales aprobadas para ese fin”, ordena la reforma.
También se dan 180 días al Congreso de la Unión y las legislaturas para adaptar sus leyes, mientras que las declaratorias de inicio de vigencia del Código las hará la legislatura respectiva previa solicitud del CJF o del Poder Judicial local, modelo similar al que se utilizó para las reformas de justicia penal y laboral, pero sin que en ningún caso pueda pasar de abril de 2027.
Todos los juicios iniciados antes de la entrada en vigor del CNPCF seguirán bajo las reglas anteriores, salvo que las partes acuerden someterse a la nueva normativa.
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