#Nacional •
MONTERREY, NL.- Al otorgar dos suspensiones de amparo a favor de Javier Navarro, secretario general de Gobierno de Nuevo León, la ministra de la Suprema Corte, Margarita Ríos Farjat, habría caído en un conflicto de interés y actuado en contra de jurisprudencias en casos similares, aseguró un representante legal del Congreso local.
Ricardo Tamez, consultor externo del Congreso en temas de constitucionalidad, dijo a Agencia Reforma que la ministra trabajó de 1991 al 2008 como abogada asociada en la firma Baker & McKenzie, en donde Navarro fue socio, lo que implica que ella fue su empleada.
Además, agregó, una hermana de la ministra, Ana Maribel Ríos Farjat, es actualmente titular de la Unidad de Enlace de Proyectos en Comunicación Social, área dependiente de la Secretaría de Gobierno a cargo de Navarro.
“Existe un marcado conflicto de interés”, dijo, “por lo cual (la ministra) debió de manera legal y obligada excusarse, no debió haber dictado acuerdo alguno, ni admisión, y mucho menos suspensión alguna”.
El sábado se publicó que la ministra otorgó a Navarro una suspensión con la que se impide que el secretario, luego del desafuero que el Congreso local determinó en su contra, pueda ser separado del cargo dentro del proceso penal que se le sigue por el presunto delito de abuso de autoridad.
La ministra también otorgó una suspensión a Navarro con relación al juicio político que el Congreso local le sigue también por incumplir con la publicación de decretos.
Y de hecho el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Admininistrativa de Nuevo León ya le regresó el fuero a Navaroo.
Al consultar una cuenta de Linkedin atribuida a Navarro, ésta señala que el funcionario cuenta con 26 años y 5 meses de experiencia como principal partner en Baker & McKenzie entre julio de 1995 a noviembre de 2021.
A su vez, en el dictamen de la Comisión de Justicia del Senado sobre los requisitos de elegibilidad de las integrantes para cubrir la vacante como ministra de la Suprema Corte, se vincula a Ríos-Farjat con la firma Baker & McKenzie Abogados de 1999 a 2008.
Tamez expuso que, más allá de este presunto conflicto de interés, los resolutivos de Ríos-Farjat son contrarios a otros emitidos en casos similares y en los que se determina que la controversia constitucional es “notoriamente improcedente” para juicios políticos y declaratorias de procedencia o desafueros.
Tiene Poder Judicial un rezago histórico