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El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) aprobó por unanimidad de votos, atender las sentencias dictadas por el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato dentro de dos procedimientos especiales sancionadores (PES) correspondientes al proceso electoral local 2020-2021.
A través de las sentencias se dio vista al Consejo General de algunas inconsistencias en la sustanciación de PES expuestas en los expedientes TEEG-PES-169/2021 y TEEG-PES-190/2021.
En particular, en el expediente TEEG-PES-169/2021 se dio vista para que se instruya a la Comisión de Quejas y Denuncias, a la Unidad Técnica Jurídica y de lo Contencioso Electoral y al personal que realice la sustanciación de los PES, para que al desahogar las investigaciones de las denuncias o quejas en los procedimientos especiales sancionadores observen los principios consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales.
Mientras que en el expediente TEEG-PES-190/2021 se dio vista para que el Consejo General se pronuncie respecto de tres irregularidades cometidas en la sustanciación de un procedimiento especial sancionador.
Así, en cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal en el expediente TEEG-PES-169/2021 se instruye a la Comisión de Quejas y Denuncias que en el ámbito de sus atribuciones y facultades supervise que en la sustanciación de las quejas y denuncias se observen los principios consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales, en particular el de presunción de inocencia y el esclarecimiento de los hechos sin realizar un ejercicio desproporcionado o excesivo en sus facultades.
Además, se instruye a la Unidad Técnica Jurídica y de lo Contencioso Electoral y al personal de este Instituto, que en el ámbito de sus atribuciones y facultades realicen la sustanciación de los PES, a efecto de que al desahogar las investigaciones de las denuncias o quejas derivadas de estos observen los principios consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales, en particular el de presunción de inocencia y el esclarecimiento de los hechos sin realizar un ejercicio desproporcionado o excesivo en sus facultades.
Por otro lado, en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia del TEEG-PES-190/2021 se exhorta a la Junta Ejecutiva Regional de Valle de Santiago a efecto de que el desahogo de las investigaciones de las denuncias o quejas en los PES, observen los principios consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales.
Asimismo, se instruye a la Comisión de Quejas y Denuncias, así como a la Unidad Técnica Jurídica y de lo Contencioso Electoral, para que en el ámbito de sus atribuciones y facultades fortalezcan el seguimiento de los procedimientos instaurados en las Juntas Ejecutivas Regionales y en los consejos municipales y distritales electorales.
Se instruyó también a la Comisión de Quejas y Denuncias que, en la implementación de los talleres relacionados con la sustanciación de procedimientos sancionadores contemplados en el «Programa integral para el fortalecimiento de las capacidades jurídico-electorales del personal del Instituto», atienda las actividades referidas, además de las que estime necesarias, las cuales deberá incluir en sus informes anuales de actividades dos mil veintidós y dos mil veintitrés.
Aunado a lo anterior, es indispensable dar una respuesta inmediata a la excesiva carga de trabajo que enfrenta la Unidad Técnica Jurídica y de lo Contencioso Electoral, por lo que se considera conveniente autorizar la creación de tres plazas eventuales; dos para el puesto de actuario(a) y una para el puesto de Coordinador(a) de Procedimientos y ordenar a la Secretaría Ejecutiva que realice las gestiones administrativas conducentes para la obtención de los recursos materiales y humanos establecidos en dicho apartado.
Asimismo, se estimó necesario ordenar a la Secretaría Ejecutiva que organice y coordine la realización de un análisis estructural y funcional de la unidad en comento, previendo los recursos que para ello se necesiten.
En otro acuerdo concatenado al anterior, el Consejo General aprobó modificar el tabulador de remuneraciones del personal eventual de este Instituto para el ejercicio 2022, para contemplar dos plazas de «actuaria(o)» y una plaza de «Coordinador(a) de Procedimientos» que estarán adscritas a la Unidad Técnica Jurídica y de lo Contencioso Electoral, con el objeto de robustecer el funcionamiento de dicha Unidad en la sustanciación de los procedimientos sancionadores, ya que al estar a menos de un año de iniciar el próximo proceso electoral es necesario tomar acciones inmediatas que permitan atender la carga de trabajo que existe en la sustanciación de los procedimientos sancionadores.
Finalmente, el Consejo General autorizó la adquisición de cuatro vehículos —tres vehículos tipo sedán, de cuatro puertas, modelo dos mil veintitrés; y, un vehículo tipo pick up, doble cabina, modelo dos mil veintitrés— para:
– Reemplazar la unidad asignada al Órgano Interno de Control, cuyas condiciones no permiten satisfacer las necesidades que demanda la operación de ese órgano.
– Dos unidades que servirán de apoyo a la Unidad Técnica Jurídica y de lo Contencioso Electoral, para el cumplimiento de actividades de la función actuarial.
– Sustituir la camioneta asignada a la Junta Ejecutiva Regional de Acámbaro.